Finiquito
La UAM cubrirá a las personas trabajadoras que reúnan los requisitos para pensionarse de acuerdo a lo establecido en la cláusula 197 del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) una gratificación conforme a la siguiente tabla:
Años de servicios | Días de salario por año laborado |
---|---|
De 5 a menos de 15 | 18 |
De 15 en adelante | 20 |
La tabla anterior también es aplicable a las personas trabajadoras que el ISSSTE le reconozca el derecho a una pensión en el Régimen de Cuentas Individuales.
También se pagará una prima de antigüedad de acuerdo con lo siguiente (cláusula 29 del CCT):
Años de servicios | Días de salario por año laborado |
---|---|
De 5 a menos de 10 | 12 |
De 10 a menos de 15 | 14 |
De 15 en adelante | 18 |
La cantidad total determinada con base en la tabla anterior será incrementada conforme a los montos siguientes:
Tipo de Dedicación | Importe |
---|---|
Personal tiempo completo | 1,000.00 |
Personal Medio Tiempo | 500.00 |
Personal Tiempo Parcial | Parte proporcional al tiempo de dedicación |
En caso de tener adeudos, créditos o saldos pendientes, se sugiere revisar, y en su caso, hacer las aclaraciones respectivas en el área de Recursos Humanos de su Unidad de adscripción.
Adicionalmente se recomienda revisar si tiene bienes patrimoniales bajo resguardo, y en caso de requerirlo, realizar las bajas y traspasos que correspondan.